PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer del presente recurso de apelación.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Victoriano Rodríguez Méndez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.449.770 e inscrito en el inpreabogado bajo el N° 21.916, actuando en su carácter de coapoderado judicial de la ciudadana ROSA BENIGNA MAROTTA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.145.851, codemandada de autos, opositora apelante, contra el auto dictado en fecha 04 de Octubre de 2.012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
TERCERO: Como consecuencia de la anterior declaratoria se CONFIRMA, el auto dictado en fecha 04 de Octubre de 2.012, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de tal decisión.