En mérito de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio Pedraza de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO formulada por los ciudadanos: ELADIO RAFAEL ALVAREZ GUEDEZ y LUZMILA DEL CARMEN CASTILLO CASTILLO, ya identificados, con fundamento en el artículo 185-A del Código Civil y en consecuencia DECLARA DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ante la Prefectura del Municipio Ciudad Bolivia, Distrito Pedraza, Estado Barinas, en fecha primero (01) de julio de mil novecientos ochenta y nueve (1.989), según se evidencia en copia certificada del acta Nº 60, cursante al folio dos (02) con su respectivo vuelto del presente expediente, expedida por la Registradora Civil de la Parroquia Ciudad Bolivia, Municipio Pedraza, Estado Barinas, en fecha ocho (08) de febrero del año 2011.
Publíquese, regístrese y expídanse co.....