Vista la demanda de Obligación de manutención y bonificaciones especiales, incoada por la ciudadana FREIMAR NAYLETH MENDEZ RAMIREZ, venezolana, menor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 32.347.323, de oficio estudiante de quinto año de bachillerato, domiciliada en el sector 5 de julio calle 22, parroquia Ciudad Bolivia, municipio Pedraza del estado Barinas, número de teléfono 0424-5654980 con Whatsaap, correo electrónico: mendezfreimar@gmail.com. Contra el ciudadano GERAL ARELLANO AYALA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 30.834.685, de ocupación obrero en la Quesera Lácteos Don Antonio, Vía Rolera, sector Francisco de Miranda I, parroquia Ciudad Bolivia, municipio Pedraza del estado Barinas, número de teléfono 0424- 5494647. El día trece (13) de junio de dos mil veinte cuatro (2024), siendo las 11:30 a.m., compareció el ciudadano: GERAL ARELLANO AYALA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 30.834.685, de.....