DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, de conformidad con el artículo 318, Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, solicitado por el Abg. NICOLA IAMARTINO, en su condición de Fiscal Undécimo del Ministerio, a favor de los ciudadanos: ELIDO DEL CARMEN UZCATEGUI, venezolano, de 49 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.008.303, natural de La Ceiba Estado Trujillo, hijo de José Miguel Pelvis y María Rigoberta Uzcategui, chofer, residenciado en la Calle Principal de la Población el Banquito, al lado de la escuela, Municipio Pedraza de este Estado Barinas. EDGAR JOSE CAÑAS GUELLAR, venezolano, de 40 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.126.236, natural de Paraguaipoa Estado Zulia, hijo de Carmen Sofía Cuellar y José Ángel Cañas, Abogado, residenciado en el Barrio Las Flores Calle 01 entre carreras 5 y 7 Casa Nº 6-54 de la Población de Socopó.....