EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del XXXX XXXXX XXXXX XXXXXXXXX XXXXXX.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano JORGE MARINO UZCATEGUI VIVAS, se obliga con la manutención a favor de su hijo, por la cantidad mensual de DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 200,00), en pagos quincenales de CIEN BOLÍVARES (Bs. 100,00), los días quince (15) y CIEN BOLÍVARES (Bs. 100,00), el día treinta (30) de cada mes, más la compra de los estrenos con ocasión a las festividades navideñas en el mes de Diciembre, por la cantidad aproximada de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00), y la madre de mi hijo que se comprometa a comprar el regalo de fin de año, en el mes de Diciembre, asimismo el 50% de los gastos médicos en caso de enfermedad, calzado y vestido de uso diario, como cumplimiento de la Obligación.
TERCERO: Dichas cantidades deben ser depositadas por el ciudadano JORGE M.....