D I S P O S I T I V A
En consecuencia éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los términos siguientes: PRIMERO: Admite la acusación fiscal en su totalidad, así como los medios de pruebas, por ser necesarios y pertinentes para el esclarecimiento de los hechos objeto del proceso y por cumplir con los requisitos exigidos en el Art. 326 del Código Orgánico Procesal Penal, por ser útiles y necesarias y cumplir con lo exigido en la Ley, SEGUNDO: Se CONDENA a las acusadas NORA JOSEFINA ZAPATA MARCANO quien es venezolano, soltera, titular de la cedula de identidad nº 16668996 ( no la porta) nacido en fecha 09/10/79, de profesión Obrero, hijo de Maria Macano, (v) Ángel Zapata (V), residenciado Antimano, calle real del medio, plaza Bolívar, casa 53, Caracas Dtto. Capital, KATHERIN MICHEL O.....