DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR DE PROTECCIÓN AGROALIMENTARIA y AMBIENTAL, presentada por el ciudadano Francisco José Valero Hernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 9.548.333, con Domicilio en el sector; Alcaraván, Parroquia; Alto Barinas, Municipio; Barinas, Estado; Barinas, representada por la abogada Ciolis del Carmen Núñez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-8.145.242, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 84.157, sobre el predio denominado "MI GRAN BENDICIÓN", ubicado en el sector; ALCARAVAN, Municipio; BARINAS, Estado; BARINAS, Parroquia; Alto Barinas.....