EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copia Certificada de la Partida de Nacimiento de la niña NATASHA DULIBETH CELIS PIDIACHE.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el ciudadano ANALBERTO JARRANSON CELIS, se obliga fijar la manutención a favor de su hija, por la cantidad mensual de CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 150,oo), más dos bonificaciones especiales de CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,oo), es decir, la primera en el mes de Septiembre con ocasión al inicio del año escolar y CUATROCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 400,oo), en el mes de Diciembre con ocasión a las festividades navideñas, asimismo el 50% de los gastos médicos en caso de enfermedad, calzado y vestido de uso diario, como cumplimiento de la Obligación.
TERCERO: Dichas cantidades deben ser depositadas por el ciudadano ANALBERTO JARRANSON CELIS, en la Cuenta de Ahorros de la Entidad Bancaria Banfoandes, ordenada la apertura por este Despacho y de la cua.....