ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACiÓN Y
SUSTANCIACIÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
BOLlVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON
LUGAR la acción interpuesta y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial
que unía a los cónyuges: FERNANDO IGNACIO MOSER OLlVARES Y CARMEN
CAROLINA FUENTES DE MOSER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las
cédulas de identidad Nros. V.-6.562.704 y V-9.874.615 respectivamente FERNANDO
IGNACIO MOSER OLlVARES Y CARMEN CAROLINA FUENTES DE MOSER,
venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-6.562.704 y
V-9.874.615 respectivamente, desde la fecha 19/10/1987, según Acta N° 181 Y conforme
el artículo 07 LOPNNA, HOMOLOGA los términos acordados en cuanto al cumplimiento
del deber de Manutención de la adolescente habida en el matrimonio, y a tal efecto fija
OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN