DISPOSITIVO
En consideraciones de los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se Declara COMPETENTE para el conocimiento del presente juicio de conformidad con el artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
SEGUNDO: Se Declara Parcialmente Con Lugar la demanda de Cumplimiento de Contrato, interpuesto por los ciudadanos José Adonay Berrios Roa y Aura Yamilet Zambrano, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-14.813.509 y V-17.290.256, representados por el abogado Fernando Quintana, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V.- 10.065.857, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 198.947, en contra del ciudadano Willian Salcedo Toro, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11......