Firme como ha quedado la Sentencia Definitiva dictada por el Tribunal de Juicio N° 02 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 12 de Diciembre de 2005, mediante la cual condenó al Acusado: CARLOS ALBERTO POLANCO TORRES, Venezolano, de 23 años de edad, natural de Curbatí, Estado Barinas, nacido en fecha: 18-01-1982, titular de la Cédula de Identidad N° 21.552.504, obrero, hijo de Luz Torres (V) y José Polanco (F) y residenciado en el Barrio El Silencio II, al final de la manga de coleo, casa de color blanco y marrón, Curbatí, Municipio Pedraza del Estado Barinas; a cumplir la pena de: TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias de Ley, por imputarle responsabilidad en la comisión del delito de: TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. EJECÚTESE dicha Sentencia. El Penado: CARLOS ALBERTO POLANCO TORRES.....