En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA el CONVENIMIENTO efectuado por el ciudadano FREITES FLEITAS RICARDO JOSÉ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.917.562, y el ciudadano MANUEL ENRIQUE RODRÍGUEZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 14.926.922, en los términos contenidos en el mismo. Finalmente, el convenimiento ejercido en los términos señalados, procede como en sentencia en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 262 ejusdem y así se decide.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJENSE LAS COPIAS DE LEY.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. En Barinas, a los Veinte (20) días del mes de Mayo de Dos Mil Diez (2010). Añ.....