DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que la Ley confiere, de conformidad con el Artículo 479 Ordinal 1° y 497 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal y el Art. 105 del Código penal Vigente no teniendo más diligencias que practicar en la presente causa, DECLARA CERRADO EL PROCESO, al Ciudadano: JONNY ALBERTO DEVIA NIETO, venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° 15.968.347 (no porta), de 25 años de edad, nacido el 20/10/1981, en Barinas, Estado Barinas, albañil, hijo de Rafaela Nieto Zambrano (V) y Eladio del Carmen Devia (V), residenciado en la Urbanización José Antonio Páez, tercera etapa, sector 2, vereda 83, calle 10, casa N° 02, Barinas, Estado Barinas; por haber finalizado el régimen de prueba y su pena en fecha 23-11-08
Notifíquese a las .....