DISPOSITIVA.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en función de Control Nº 5, del Circuito Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la Republica por Autoridad de la Ley, CALIFICA FLAGRANTE LA APREHENSIÓN DEL IMPUTADO, de conformidad con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal; DECRETA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 250 Ord. 1º, 2º y 3º y artículo 251 parágrafo primero ejusdem, contra el imputado; GERMÁN RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad (27 años), nacido el 31-05-1974 en EL Estado Bolívar, casado, comerciante de ropa (buhonero), titular de cedula de identidad Nº 12.839.914 (porta el comprobante), tercer año de bachillerato de instrucción, hijo de Dilia Maria Rodríguez (V), dijo no conocer al padre y estar residenciado en la Urbanizaci.....