SE DECLARO: Admisible el Recurso de Revisión interpuesto por los Abogados Martha Yanibe Portilla y Edgar Morales, en su condición de Defensores Técnicos del Penado Yosler Alexander Gutiérrez, invocando los numerales 3°, 4° y 6° del artículo 470 del Código Orgánico Procesal Penal, y se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de la DÉCIMA (10) audiencia siguiente a la fecha del presente auto de admisión.