Por los fundamentos expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCIÓN en la Demanda Oral de Obligación de Manutención (Ofrecimiento), recibida en fecha 12 de abril de 2018 y se admitió en fecha 13 de abril de 2018, incoada por el ciudadano DANIEL ENRIQUE BRICEÑO MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-18.838.490, de ocupación u oficio policía, domiciliado en la Urbanización Moromoy III, vereda 17,casa № 15, de esta población de Barinitas, municipio Bolívar del estado Barinas, en su condición de padre del niño (CUYO NOMBRE SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN AL NIÑO Y AL ADOLESCENTE), de siete (07) año y o.....