Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal de Protección del Niño y Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley , DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la presente demanda de REVISION A LA OBLIGACIÒN MANUTENCIÒN incoada por la Ciudadana: NOHORA YAMILE ARIAS venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-22.980.249 actuando en su condición de madre y representante legal de la niña (se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), asistida por la abogado KALIDIA SANTANDER, Defensor Publico con Competencia en Materia de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Barinas contra el Ciudadano: JUAN CARLOS LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 23.159.548, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 365, 366 .....