En consecuencia este Tribunal de
conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la
República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley considera dichos testimoniales
y recaudos bastantes y suficientes por lo que DECLARA UNICOS y UNIVERSALES
HEREDEROS del Difunto HERMAN AGUSTIN GONZALEZ, C.I N° V-2.756.214, a su hijo el
adolescente SE OMITE , de 17 años de edad, y a los ciudadanos
SELMA KARINA GONZALEZ, ZURIMA MAIGUALlDA, CONSUELO DEL CARMEN,
YUMAIRA MARIBEL, GLORIA RAMONA, YAJAIRA MERCEDES, NIEVES MORAIMA,
MILAGROS JOSEFINA, MORALBA MIROSLAVA, JASMIN AMERICA y SHERMAN JOSE
GONZALEZ HERRERA, NELSON JESUS GONZALEZ. DEJANDOSE A SALVO
EVENTUALES DERECHOS DE TERCEROS. Devuélvanse original con sus resultas a los
solicitantes. Anótese su salida en los libros respectivos. Diarícese y Cúmplase. Siguen
firmas ilegibles de la Juez Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación Abg.
Yolanda Guerrero y la Secreta.....