PRIMERO: Se califica como flagrante la aprehensión del imputado ANGEL CUSTODIO CARBALLO CEDEÑO, de 22 años de edad, nacido en fecha 05-01-82, venezolano, indocumentado, soltero, natural de Barinas, de profesión u oficio obrero y residenciado en el barrio Mi Futuro, Barinas Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de por la presunta comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROCAS, previsto y sancionado en el último aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancia Estupefaciente y Psicotrópicos, en contra del Estado " todo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD al imputado ANGEL CUSTODIO CARBALLO CEDEÑO , de 22 años de edad, nacido en fecha 05-01-82, venezolano, indocumentado, soltero, natural de Barinas, de profesión u oficio obrero y residenciado en el barrio Mi Futuro, Barinas Es.....