En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR LA DEMANDA de MEDIDA DE COLOCACIÓN FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA solicitada por la ciudadana MARIA CELINA ARAQUE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.186.856, madre guardadora del niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de once (11) años de edad, nacido en fecha 19 de julio de 2005, asistida por la Abg. María Amparo Gómez, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 60.686 adscrita a la Defensa Pública Tercera con Competencia en materia de Protección de Niños Niñas y Adolescentes de la Unidad de la Defensa Pública del Estado Barinas, en contra de los ciudadanos FRANCIA LOURDES GONZALEZ BALLESTEROS Y FIDEL ERNESTO MENDEZ MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.186.176 y V-23.161.226 respectivamente, a cuyos efectos, se dicta la señalad.....