D I S P O S I T I V A
En mérito de las razones de hecho y de derecho que anteceden, este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la demanda de Cumplimiento de Obligación de Manutención, incoada por la ciudadana EDMA DEL CARMEN CEBALLOS de PEREZ, venezolana, mayor de edad, de profesión u oficio: Del hogar, titular de la cédula de identidad Nº V.- 10.875.067, domiciliada en el Barrio Esmalta Camejo, calle 9, con carrera 8 y 10, casa 9-3, de la población de Socopó, Municipio Antonio José de Sucre, Estado Barinas; en contra del ciudadano ALI SANDRO PEREZ MOLINA, venezolano, mayor de edad, de profesión u oficio: Viajero, titular de la cédula de identidad Nº V.- 11.374.890, domiciliado en el Barrio Llano Alto, y quien labora al frente de la alcaldía en un camión de .....