En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este en el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil Vigente, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, presentada por los ciudadanos: MIGUEL ELIAS VARGAS MUJICA Y DAIREX DAYARI MENDEZ QUIÑONES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V –22.982.840 y V-15.671.569, respectivamente, el primero asistido por su Apoderada Judicial: YOISA DEL CARMEN RUBIO ARO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 15.536.878, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 114.571, y la segunda por el abogado asistente: JOSE ROBERTO GUILLEN, inscrito en el Inpreabogado ba.....