DECISION
Por todas las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en Sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: INADMISIBLE la solicitud de Medida Preventiva solicitada por los ciudadanos ELENIS PEÑA, YENNY BORJA, YOHSETH MACABEO, JULIA SIRA, KAREN VELAZQUEZ, NÉSTOR FERNÁNDEZ, ANNARELLA PÉREZ, MARCOS CARREÑO, LIZET PAREDES, JUAN QUINTERO, titulares de la cédula de identidad Nº V-17.912.831, V-14.569.009, V-13.683.439, V-6.369.210, V-18.015.211, V-15.829.616, V-11.194.958, V-17.768.404, V-18.559.432 y V-19.024.241 respectivamente, en su condición de trabajadores de la Empresa Socialista Ganadera Santos Luzardo C.A., contra los ciudadanos MARIELA DEL CARMEN ROJAS MONTILLAS, CARLOS ALFREDO JIMÉNEZ VELASCO, EDY DANIEL MONTILLAS RAMÍREZ, IRIA CEDEÑO GONZÁLEZ, ROY KELVIN TOVARES SOSA.....