Por las razones anteriormente señaladas, éste Tribunal de Control No 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Decreta El Sobreseimiento de la presente causa por haberse cumplido el régimen de prueba acordado en fecha 23 de Abril del 2007 al acusado JOSE MARIA POLANCO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 11.992.332, natural de Caracas, nacido en fecha 17-10-1972, residenciado en la calle Nazareno, frente a la bloquera, casa s/n, color rosado con verde, Barrancas estado Barinas, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 40, 44 numeral 7 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda librar oficio a la oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas a los fines de informarle sobre el cese de las presentaciones. TERCERO: Se acuerda remitir la presente caus.....