DISPOSITIVA:
En mérito de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO BARINAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 del Código de Procedimiento Civil y 185-A del Código Civil Vigente, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, presentada por los ciudadanos: JOSE ANGUSTIN DORANTE y ROSA NATIVIDAD BURGOS GUILLEN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V–8.132.835 y V-16.978.761, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio DAVID OCHOA, inscrito en Inpreabogado N° 173.270156.806. En consecuencia, declara disuelto el vínculo matrimonial que los une en virtud del matrimonio civil celebrado por ellos, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Barinas del Estado Barinas, el día 14/03/2008, según se evidencia en copia c.....