DECISIÓN EXPRESA POSITIVA Y PRECISA
En fuerza de las motivaciones de hecho y de derecho que preceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente acción.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, incoare el ciudadano YOEL JOSE GALINDEZ GRAU venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-24.790.640, asistido por el abogado en ejercicio JOSE JUAN ALARCON OCAÑA venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-17.989.903 inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 148.036, en contra de los ciudadanos PETRA MARIA GRAU RAMIREZ y CARACCIOLO RAMON GALINDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad N° V-6.674.457 y V-11.186.134, respectivamente.
TERCERO: Se declara reconocido en c.....