DECISIÓN EXPRESA POSITIVA Y PRECISA
En fuerza de las motivaciones de hecho y de derecho que preceden, este Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente acción.
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO, que incoare los ciudadanos EVELIA DEL CARMEN TORRES RAMIREZ, ZORAIDA YAMILET TORRES RAMIREZ Y ANGELA ZULEIKA TORRES RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-16.792.485, V-14.550.289 Y V-20.732.012, respectivamente, asistido por el abogado en ejercicio JOSE NEPTALY HERRERA ZAMORA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 156.730, en contra del ciudadano ANGEL MARIA TORRES , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°.V-1.607.321, respectivamente,
TERCERO: Se declara Reconoci.....