Por los fundamentos expuestos, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de Divorcio basada en el artículo 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos JEAN CARLOS PEREZ CASTILLO Y GÉNESIS ELIZABETH SÁNCHEZ TAPIA, titulares de las Cedulas de Identidad Numero V- 19.631.979 y C.I. Nº V- 20.962.575, en su orden respectivo a) DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que contrajeron Matrimonio Civil por ante el Registro Civil Municipal del Estado Barinas Municipio Barinas, en fecha 29 de Abril de 2010, según acta de matrimonio N° 335. b).- En relación a la Custodia, así como también en lo relativo a la patria Potestad, Obligación de Manutención y al Régimen de Convivencia Familiar, se acoge a lo acordado por las partes, c.....