En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR, la Solicitud de Revisión de la obligación de manutención intentada por la ciudadana EMMA YASMIRA RAMIREZ CUELLAR, quien actúa en nombre y representación de sus hijos, WENDY CRISMAILEE TORRES RAMIREZ, de doce (12) años de edad, y XXXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX de nueve (09) años de edad, en contra del ciudadano EDWIN CRISTIAN TORRES SULBARAN, ambos plenamente identificados en el texto de la presente decisión.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria se condena al ciudadano EDWIN CRISTIAN TORRES SULBARAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.710.641, domiciliado en la Carrera 2, entre calles 7 y 8, Casa Nº 7-60, de esta pobla.....