En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando en materia de Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, le imparte la HOMOLOGACION al presente CONVENIMIENTO; donde el ciudadano: CUBERTO DURAN DURAN, convino voluntariamente en fijar la suma de: DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs.250,oo), mensuales, como OBLIGACIÓN DE MANUTENCION para su hija, los cuales se ordena que sean descontados a partir del 30-10-2009, mediante nomina de pago del salario mensual que devenga el obligado como obrero en la Empresa Vengas, ubicada en esta población de Santa Bárbara, para lo cual se ordena oficiar a la referida empresa, a los fines de que una vez realizado dicho descuento, este deberá ser depositado directamente en una cuenta de ahorros que se le hará llegar su numero posteriormen.....