Es por todos los razonamientos de hecho y de derecho expuestos que este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, OTORGA MEDIDA DE DETENCIÓN DOMICILIARIA CON APOSTAMIENTO POLICIAL A CARGO DE LA POLICIA DEL ESTADO BARINAS, a la imputada MARIA GABRIELA ALE CARMONA, quien quedó identificada como, Venezolana, de Estado Civil Soltera, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad personal Nº-21.167.992, natural de Barinas Estado Barinas, fecha de nacimiento 21-08-1989, de conformidad con el artículo 256 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal; en la dirección aportada en la audiencia de oir imputado, en la siguiente dirección Urbanización La Concordia, avenida Diego Lozada, Casa Nº 30-12, Barinas Estado Barinas, cerca de la Licorería La Tres Flechas y el Modulo de Servicio La Concordia, Barinas Estado Barinas. Dejando estable.....