Visto lo anterior, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 807, 808, 822, 823, 824 y 825 del Código Civil, en concordancia con el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus ANULFO RAFAEL MARTÍNEZ PASTRÁN, quien en vida fuere venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº 4.234.835, fallecido ab-intestato, el 27/09/2016, a la ciudadana MARY TERESA FOSELLA DE MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad Nº V-4.242.359, en su condición de cónyuge, y los ciudadanos WILLMER RAFAEL MARTÍNEZ FOSELLA, KARELLYS ELENA MARTÍNEZ FOSELLA Y KARLA VANESSA MARTÍNEZ FOSELLA, venezolanos, mayores de edad, cédulas de identidad Nº V-14.341.152, V-16.371.048 y V.....