D I S P O S I T I V A
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ORDENA LIBRAR ORDEN DE APREHENSION JUDICIAL a los ciudadanos CARLOS ALBERTO PINTO ROMERO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-18.611.471, nacido en fecha 22-01-1984, Soltero, de profesión u oficio Comerciante, domiciliado en Residencia San Vicente, Piso 02 Apto N° 18 Av. La Concordia La Guaira Estado Vargas, y al ciudadano ERNESTO ENRIQUE PINTO ROMERO, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.773.338, domiciliado en Av. Principal Casa 113-A20 del Sector Punta Gorda del Estado Barinas, por la presunta comisión de los delitos de EXTORSION EN GRADO DE COAUTOR, previstos y sancionados en los artículos artículo 459 y 83 del Código Penal Venezolano Vigente de Código Penal Venezolano .....