Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Protección del Niño y Adolescente, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por autoridad de Ley, DECLARA SIN LUGAR, la acción incoada por la ciudadana : LANIA SOLEILI SIERRA AGUILAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 8.169.036, domiciliada en ésta ciudad de Barinas, Estado Barinas, en su condición de madre de la adolescente LAURA ESTELLA RIVAS SIERRA, de 14 años de edad, asistida por la Defensor Público Kalidia Santander Baloa. En contra de los ciudadanos: DORALYS ROSALBA y RAFAEL OCTAVIO RIVAS ALTUVE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad No 13.061.721 y 14.434.579 respectivamente, domiciliados en la Urbanización Cuatricentenaria Calle 12, Sector 13, No 14 de ésta Ciudad de Barinas, en su condición de hermanos paternos, de la adolescente de autos. Así se decide.
Publiquese, registrese y expindanse copias de ley. Notifiquese a las partes.
Dada.....