DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este tribunal de primera Instancia en función de Juicio Mixto Nro. 3 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y de conformidad con los Artículos 364 y 366 del COPP, pasa a decidir en los siguientes términos:
PRIMERO: LOS JUECES ESCABINOS ABSUELVEN, con la mayoría de los votos, a los ciudadanos José Juvencio Arias Peña, venezolano, de 55 años de edad, titular de cédula de identidad N° 3.993.0669, profesión u oficio Comerciante, hijo de Francisco Antonio Ramón Arias Contreras (d) y Demetria Peña de Arias (d), domiciliado en Calle Kloster 3-A, Casa N° 301, Alto Barinas Norte, Barinas Estado Barinas y Aníbal Uzcategui Martínez, venezolano, titular de cédula de identidad N° 3.914.143, de 51 años de edad, profesión u oficio Chofer, domiciliado Urbanización Altos de Cardenera, Casa N° 729, hijo de Alejandro Uzcategui (V) y Maria Martínez (D), por cuanto consideran que en el cas.....