Por cuanto el decreto de la medida solicitada constituye un medio suficiente para salvaguardar los intereses de ambas partes en litigio y la futura ejecución de una sentencia favorable a cualquiera de ellas, resulta procedente en el presente caso, decretar la medida cautelar solicitada, en consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta medida de prohibición de enajenar y gravar sobre:
Un inmueble edificado en un galpón con estructura de hierro, específicamente tubos cuadrados, techo de zin, un baño, una puerta de hierro, piso de cemento, aguas negras, aguas blancas, electricidad embutida y externa, ubicada en el Barrio Las Colinas, callejón Universidad, casa s/n, Parroquia El Carmen, Barinas estado Barinas, sobre una parcela de terreno cercada perimetralmente con paredes de bloques y c.....