PRIMERO: El Tribunal de Juicio Unipersonal N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en fecha 20 de Octubre de 2005, dictó Sentencia Condenatoria, donde condenó al Acusado JOSE FELIDEO BRIZUELA, ya identificado, a cumplir la pena de: QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN y las penas accesorias, por la comisión del delito de: HOMICIDIO CALIFICADO COMETIDO CON ALEVOSIA, previstos y sancionados en los Artículos 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana Paula María Tovar González.
SEGUNDO: Aplicando el Artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal que establece: "Se descontará de la pena a ejecutar, la privación de libertad que sufrió el penado durante el proceso...", se obtuvo el siguiente resultado: el Penado JOSE FELIDEO BRIZUELA, fue detenido preventivamente el día: 15-12-2004, hasta la presente fecha 15-11-2005, ha cumplido ONCE (11) MESES de la pena impuesta, faltándole por cumplir, CATORCE (14) AÑOS, Y UN (01) MES, y la pena quedará totalmente cu.....