declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana Margarita Rojas David, ya identificada, sobre unas mejoras y bienhechurías enclavadas en una parcela de terreno municipal de los denominados ejidos, con un área de cuatrocientos ochenta metros cuadrados con treinta y dos centímetros (480,32 m2), ubicada en la calle Mérida entre avenida Rondón y avenida Vuelvan Caras, N° 12-19, Municipio Barinas del Estado Barinas; y dentro de los siguientes linderos: norte: calle Mérida; sur: José Rojas; este: casa N° 12-43; y oeste: casa N° 12-6; consistentes en una (01) casa para habitación familiar, tipo mediagua, con paredes de bloques, piso de cemento, techo de zinc, distribuida en seis (06) habitaciones, sala, cocina, comedor, un (01) baño, lavadero, garaje, cableado de luz eléctrica interna, cercada perimetralmente en bloques, ventanas de metal y puertas de madera y hierro, dos con protector, dos (02) portones, tres (0.....