En relación a la impugnación de las copias simples de las Ordenanzas de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos de los ejercicios económicos financieros de los años 2011 y 2012 de la Alcaldía del Municipio Cruz Paredes del Estado Barinas (folios 100 al 111); debe acotar quien aquí juzga que las Ordenanzas Municipales son leyes locales (véase sentencia Nº 00822, de fecha 13 de abril de 2000, dictada por la Sala Político Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia, caso: Ivonne Dávila de Soto y otros), por lo que no es necesario que las mismas consten en el expediente en original o copias certificadas, en aplicación del principio iura novit curia; por tal razón se declara improcedente la impugnación, y así se decide.
De las pruebas promovidas por la parte querellada:
En la oportunidad legal correspondiente, la parte querellada suscribió diligencia mediante la cual promueve las actas que rielan a los folios del 1 al 5; 70, 71, 76; 78, así como los folios 79, 81 al 88, relacionad.....