PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer del presente recurso de apelación.
SEGUNDO: Se DECLARA CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta en fecha 07 de Abril de 2017, por la Defensora Publica Segunda Agraria del Estado Barinas abogada AZURIS RIVAS GOYONECHE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.986.681, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65478, en representación de los JOSÉ NOVELINO CEGARRA RONDÓN, SILVIO CEGARRA RONDÓN, MARÍA DE LA CRUZ CEGARRA RONDÓN, MARÍA ALBERTINA CEGARRA DE MARQUINA, MARÍA GRACIELA CEGARRA RONDÓN, y DONIA DEL CARMEN CEGARRA DE PEÑA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nros V -8.143.193, V-9.389.902, V-8.143.194, V-8.132.971, V-8.144.507 y V-4.931.605 respectivamente, contra la sentencia interlocutoria fechada 04 de Abril de 2017, emitida por el Juzgado Tercero de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.
TERCERO: SE REVOCA la sentencia interlocutoria fechada 04 de.....