SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN
DERECHO, CONFORME LOS ARTíCULO 452 Y 457 LOPNNA, désele curso por el
Procedimiento Ordinario establecido desde el artículo 450 LOPNNA. Se fija a cargo
del padre de conformidad con lo dispuesto en los artículos 05, 30, 512 Y 466-B ordinal
Ha" LOPNNA y 76 Único aparte de la Constitución de Venezuela OBLIGACiÓN DE
MANUTENCiÓN,PRUDENCIAL y PROVISIONAL en la cantidad de QUINIENTOS
BOLlVARES (SsF. 500,00) mensuales, adicional en el mes de agosto la cantidad de
OCHOCIENTOS BOLlVARES (Ss.F. 800,00), adicional en el mes de diciembre la
cantidad de MIL BOLlVARES (Ss.F. 1.000,00), para lo cual oficiese al ente empleador
del demandado. Notifíquese al ciudadano GUILHERME JEAMPIER JARqlM
MEDINA, venezolano, mayor de edad, C.I N° V-21.563.252, a fin de que comparezca
por ante este Tribunal para que conozca día y hora en que tendrá lugar el inicio de la
fase de mediación de la Audiencia preliminar la cual será fijada mediante auto
expreso, que se .....