DISPOSITIVA
En consecuencia éste Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y
Sustanciación Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y
por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA CONVERSiÓN EN DIVORCIO solicitada
por los ciudadanos REGIO JAMIEL ROSALES SUAREZ y JESSIKA ANDREINA CONTRERAS
OVIEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-19.826.965;
V-20.238.467, respectivamente, QUEDANDO DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL, que los
unía, según Acta N° 124 de fecha 27/11/2009, contraído por ante el Registro Civil de la
Parroquia Barinitas, Municipio Bolívar del Estado Barinas
Conforme el artículo 375 LOPNNA HOMOLOGA, los términos de arreglo en cuanto al
cumplimiento del deber de manutención, de custodia y régimen de convivencia familiar del hijo
habido en el matrimonio dejando por sentado que las cantidades acordadas estarán sujetas a
aumentos automáticos consecutivos que se verificarán en la .....