CIRCUITO DE PROTECCiÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE
SUSTANCIACIÓN y MEDIACiÓN
Barinas, 12 de Agosto de 2011.-
I
,201°y152°
Vista la diligencia de fecha 09/08/2011, suscrita por la ciudadana NELlA
MARIA ROCHA ANDRADE, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.598.606,
asistida por la Defensora Pública cuarta, abogada JUMARY BRICEÑO GARRIDO,
mediante la cual consigna copia certificada de acta de Nacimiento N° 70 expedida
por el Registro Civil del Municipio Bolívar del Estado Barinas, en la cual el ciudadano
AUGUSTO JOSE MORENO VERENZOLA, Venezolano, mayor de edad, titular de la
Cédula de Identidad N° V-11.187.585, hace reconocimiento Voluntario de
filiación Paterna de la niña (SE OMITE) De conformidad con
lo establecido en el artículo 232 del Código Civil el cual reza: "El reconocimiento del
hijo por la parte demandada pone término al Juicio sobre la filiación .....