DECLARA CON LUGAR
la acción interpuesta y en consecuencia declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a
los cónyuges MIGUEL ANGEL TORRES IZQUIERDO Y BELKIS FABIOLA CORDERO,
desde la fecha 09/12/2.006, según Acta N° 291, HOMOLOGA los términos de arreglo en
cuanto al cumplimiento del deber de Manutención de la niña habida en el matrimonio, y a tal
efecto fija OBLIGACiÓN DE MANUTENCiÓN, a cargo del padre por la cantidad de MIL
DOSCIENTOS BOLlVARES (Bs. 1.200,00) mensuales, adicional en el mes de agosto la
cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLlVARES (Bs. 1.200,00), adicional en el mes de
Diciembre la cantidad de MIL QUINIENTOS BOLlVARES (Bs. 1.500,00), cantidades de
dinero que deberán ser depositadas en cuenta de ahorros a nombre de la madre, dejando
por sentado que las cantidades acordadas estarán sujetas a aumento automático
consecutivos que se verifican en la misma oportunidad en que se aumenten los salarios
mínimos decretados por el Ejecutivo Nacional, conforme pr.....