PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer la presente solicitud de Justificativo de perpetua memoria (Titulo Supletorio). SEGUNDO: Declara CON LUGAR la solicitud de Justificativo de Perpetua Memoria (Título Supletorio), que interpusiera la ciudadana YENNI YENITZA ARGUELLO DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad № V-14.724.506, domiciliada en el predio Los Naranjos, ubicada en el sector las tecas asentamiento campesino sin información, Parroquia Ticoporo Municipio Antonio José de Sucre del estado Barinas, debidamente asistida en este acto por el abogada en ejercicio YIME CALDERON PEÑARANDA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 111. 891, TERCERO: Por lo antes expuesto, vista la solicitud formulada por la ciudadana YENNI YENITZA ARGUELLO DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad № V-14.724.506, debidamente asistida en este acto por el abogada en ejercicio YIME CALDERON PEÑARANDA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 11.....