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CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACiÓN, SUSTANCIACION y EJECUCiÓN.
Barinas, 03 de Octubre de 2013.
2030 Y 1540
Vistos los términos del acuerdo de OBLIGACiÓN DE MANUTENCiÓN,
proveniente de la Unidad de Defensoría del Niño, Niña y Adolescente "Nueva Barinas"
del Estado Barinas, alcanzado por los ciudadanos NELlS ZULEIMA VALENCIA DIAZ y
FREDDY JOSE BASTIDAS UZCATEGUI venezolanos, mayores de edad, titulares de
las cédulas de identidad personales Nros V.-15.461.190 y V.-15.670.362,
respectivamente, padres del adolescente se omite de 14
años de edad, ACUERDAN: "El padre se compromete a cumplir con su Obligación de
Manutención con un monto quincenal de TRESCIENTOS BOLlVARES (Bs. 300,00), un
bono en Septiembre de MIL BOLlVARES (Bs. 1.000,00) y otro en Diciembre de MIL
QUINIENTOS BOLlVARES (Bs. 1.500,00), mediante un recibo de pago.....