Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia Penal con Competencia en Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve lo siguiente: PRIMERO: En relación a la calificación de flagrancia esta Juzgadora ha verificado que el Ciudadano CARLOS ENRIQUE DIAZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.279.956, de 46 años de edad, nacido en fecha 03/03/70, natural de Barinas, hijo de Isabel Díaz (F) y de Julio Gudiño (F), ocupación u oficio Empleado Publico de la Alcaldía, residenciado: cinqueña III, al frente de taxi visión, casa Nº 03 donde queda la peluquería "Consuelo Díaz", teléfono 0426-9360840; fue aprehendido en Flagrancia a pocos momentos de haber cometido el hecho punible; encuadrados en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado .....