Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia Penal con Competencia en Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, resuelve lo siguiente: PRIMERO: En relación a la calificación de flagrancia esta Juzgadora ha verificado que el Ciudadano HENRRY DARIO BLANCO, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-15.120.881, de 36 años de edad, nacido en fecha 10/02/1979, natural de santa Bárbara, hijo de Yfelia María Blanco Sánchez (V) y de Juan Guillen (V), ocupación u oficio Obrero, residenciado carrera 2 calle 29 barrio José Antonio Páez cerca de la iglesia nuestra señora del carmen. Teléfono no tiene; fue aprehendido en Flagrancia a pocos momentos de haber cometido el hecho punible; encuadrados en la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en los art.....