En mérito de las motivaciones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas del Circuito Judicial Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara CON LUGAR la demanda de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES EXTRAJUDICIALES, intentada por los ciudadanos HERMES JOSÉ LAGUNA VÁSQUEZ y JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, solteros, civilmente hábiles, domiciliados en la Ciudad de Barinas del Municipio y Estado Barinas, y titulares de la Cédula de Identidad N° 9.384.576 y 9.220.185, respectivamente; inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA), bajo la matrícula N° 145.091 y 227.409.-
SEGUNDO: Se condena al demandado, RAFAEL HORACIO PERDOMO, venezolano, mayor de edad, soltero, civilmente hábil, de este domicilio .....