En consecuencia de lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA POR HABER OPERADO LA PERENCION a tenor de lo previsto en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la demanda divorcio, incoada por el abogado en ejercicio Miguel Antonio Bottini, en su condición de apoderado judicial de la ciudadana: Estelita Marquina de Vargas, en contra del ciudadano: Tito José Vargas López, anteriormente identificados.
Se ordena notificar a la parte actora a través de boleta de notificación.
Publíquese, regístrese y expídanse las copias de Ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los nueve (9) d.....